| 1) |
Acceso público: Condición de ingreso y circulación libre de personas a una determinada superficie, independientemente de quien sea su propietario. |
| 2) |
Alineación municipal: Línea imaginaria sobre la superficie del suelo, establecida por la Municipalidad para determinar los límites entre el espacio vial y
el espacio no vial, y entre la propiedad o posesión privada y la propiedad o posesión municipal destinada a parques, plazas y en general áreas de uso
público. |
| 3) |
Altura: Elevación que tiene una edificación, una estructura o parte de alguna de éstas. |
| 4) |
Altura aeronáutica: Elevación establecida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, que determina la altura de los planos imaginarios horizontales
sobre los cuales no deben existir obstáculos para la navegación aérea. |
| 5) |
área construida: Superficie impermeable de una edificación, esté techada o no. |
| 6) |
área de obra: Superficie en la cual se está realizando o se haya realizado una obra de cualquier tipo. |
| 7) |
áreas de servicio público: Superficies de terreno destinadas para espacio vial, equipamientos comunitarios o infraestructuras urbanas, de acceso a la
población a la que sirven. |
| 8) |
área suburbanizada: Superficie contigua compuesta de uno o varios predios sin vías de uso público que la separen, con una extensión mayor a una
hectárea, excluyendo el área natural, y en donde las edificaciones y estructuras, si existiesen, ocupan en cada predio individual una superficie igual o
menor al cincuenta por ciento del área del mismo. |
| 9) |
área urbanizada: Superficie contigua compuesta de uno o varios predios, que no sea área suburbanizada. |
| 10) |
Bloque: Volumen de una edificación, diferenciado como bloque inferior y bloque superior, definido por una altura determinada, aplicándose en cada caso
los parámetros de regulación específicos, particularmente en cuanto a la altura y las separaciones a colindancias. |
| 11) |
Bloque inferior: Volumen de una edificación que sobresale de la superficie exterior del suelo, hasta la altura que establece el presente Acuerdo. |
| 12) |
Bloque superior: Volumen de una edificación por encima del bloque inferior, hasta la altura que establece el presente Acuerdo. |
| 13) |
Cambio de uso del suelo: Acto o hecho por medio del cual se modifican las actividades a las que está dedicado un inmueble, según la clasificación
detallada de usos del suelo primario contenida en el presente Acuerdo. |
| 14) |
Ciclo de transformación del territorio: Fases periódicas de transformación del territorio, las cuales son: el fraccionamiento de bienes inmuebles, la
realización de obras, el uso del suelo y la localización de establecimientos abiertos al público. |
| 15) |
Diseño geométrico vial específico: Diseño detallado elaborado por el Departamento de Planificación y Diseño para determinar las dimensiones y
características físicas de una vía y sus componentes. |
| 16) |
Distancia de franjas: Distancia medida perpendicularmente a las vías del sistema vial primario hacia el interior de un predio. |
| 17) |
Distancia de red: Distancia entre un predio y las vías del sistema vial primario medida a lo largo del recorrido de las vías de uso público existentes. |
| 18) |
Edificabilidad: Intensidad de construcción que tiene o puede tener un edificio. |
| 19) |
Edificación: Construcción física erigida con fines de ocupación o uso humano o, que sin haber sido erigida para ese fin, es utilizada de esta forma,
constituyendo parte del inmueble en el que esté ubicada. Se considerará como parte de la misma todos los elementos que estén fijados o ubicados en o
sobre ella, ya sea en forma permanente o temporal, incluyendo las estructuras que en conjunto constituyen la parte construida de un inmueble. |
| 20) |
Equipamientos comunitarios: Superficie del suelo que constituye un área de servicio público destinada a las actividades públicas, comunitarias,
comunales, colectivas o plurales, de acceso público a la población a la que sirven, para fines de ocio, recreación, deporte no federado, educación o
cultura. |
| 21) |
Espacio no vial: Superficie del suelo que no forma parte del espacio vial. |
| 22) |
Espacio vial: Superficie del suelo destinada al uso público común para el libre tránsito de personas y vehículos. |
| 23) |
Establecimiento abierto al público: Establecimiento que provee atención en persona al público
para el intercambio o el consumo de productos o servicios, independientemente de la existencia
de cobros, controles u horarios para ingresar al mismo. |
| 24) |
Estructura: Construcción física sin fines de ocupación humana erigida o fijada en un inmueble o en una edificación, ya sea en forma temporal o
permanente, y que forma parte de un inmueble. |
| 25) |
Fachada: Superficie externa de una edificación que se encuentra dentro de la franja frontal baja o franja de fachada, medida con respecto a un plano
vertical imaginario ubicado en la alineación municipal. |
| 26) |
Franja de fachada: Volumen imaginario al frente de predios de una profundidad de ochenta centímetros, que sean colindantes con una o más
alineaciones municipales, medida perpendicularmente desde éstas y de una altura coincidente con la altura del primero al último piso. |
| 27) |
Franja frontal baja: Volumen colindante con una alineación municipal, de un ancho de cinco metros, medidos perpendicularmente desde ésta, de un
largo correspondiente a la longitud de la alineación y de una altura coincidente con la altura del primer piso. Un mismo predio podrá tener una o más
franjas frontales bajas acorde al número de alineaciones municipales con las cuales colinde. |
| 28) |
índice de edificabilidad: Indicador de la intensidad de la construcción o de la edificabilidad de un predio, calculado como una relación del número de
veces la superficie efectiva del predio que eso puede ser área construida, según sea el caso. |
| 29) |
Infraestructura urbana: Superficie del suelo que constituye un área de servicio público destinada a la prestación de servicios públicos. |
| 30) |
Nivel existente del terreno: Cota referenciada a un plano horizontal base que la tierra tiene en cada punto de un predio o terreno en un momento
determinado en el tiempo, haya o no habido intervención física del hombre en el mismo. |
| 31) |
Nivel natural del terreno: Cota referenciada a un plano horizontal base de cada punto de un predio o terreno, en condiciones previas a cualquier
intervención física del hombre en el mismo. |
| 32) |
Obra: Cualquier acción que conlleve una alteración física de un inmueble que altere las características funcionales, ambientales, estructurales o de
seguridad de un predio, edificación o estructura. |
| 33) |
Parámetros normativos: Aspectos técnicos establecidos para normar el fraccionamiento, la realización de obras y el uso del suelo en predios. |
| 34) |
Parámetro de proyecto: Dimensión o magnitud específica que para cada parámetro normativo tiene un proyecto específico, el cual se compara con las
escalas o rangos de cantidades consignadas en los parámetros normativos para determinar si el proyecto es autorizable y, si lo fuera, determinar qué
procedimiento de autorización le corresponde. |
| 35) |
Patio o pozo de luz: Espacio físico no techado rodeado por paredes, que sirve para iluminación y ventilación natural de ambientes. |
| 36) |
Piso: Cada una de las diferentes plantas que superpuestas constituyen una edificación. |
| 37) |
Planes suplementarios: Planes que se aplican sobre parte del territorio municipal para adecuar el Plan de Ordenamiento Territorial a las condiciones
particulares de éstas. |
| 38) |
Predio afecto: Predio que contiene, parcial o totalmente, una superficie afecta. |
| 39) |
Primer piso: Piso de la edificación que constituye el primer nivel o planta de la misma y que, según lo dispuesto en el presente Acuerdo, no se considera
sótano. |
| 40) |
Propuesta de proyecto: Iniciativa de fraccionamiento, obra, cambio de uso del suelo o localización de un establecimiento abierto al público, presentada
por el propietario de un inmueble ante la Dirección de Control Territorial con el fin de obtener un informe de factibilidad sobre la viabilidad de la misma
respecto a las normas municipales vigentes, previo a solicitar formalmente una licencia para el proyecto. |
| 41) |
Proyecto: Propuesta presentada a la Municipalidad de Guatemala como parte de una solicitud para obtener la aprobación correspondiente para su
ejecución o implementación, por medio de la respectiva licencia o autorización municipal. |
| 42) |
Sistema vial: Espacio vial dedicado al movimiento de personas y vehículos sobre las cuales se estructura el sistema de transporte. |
| 43) |
Sistema vial primario: Espacio vial dentro de la jurisdicción del Municipio constituido por las vías T0, T1, T2, T3, T4 y T5 definidas e identificadas como
tales en el presente Acuerdo y en el mapa del Plan de Ordenamiento Territorial. |
| 44) |
Sistema vial secundario: Espacio vial dentro de la jurisdicción del Municipio, que no forma parte del sistema vial primario. |
| 45) |
Sótano: Piso o porción del mismo construido subterráneamente que no sobresale más de uno punto veinte metros sobre el nivel del terreno. |
| 46) |
Superficie afecta: Superficie del suelo dentro de un predio que esté o sea designada como un área de servicio público. |
| 47) |
Superficie efectiva: Superficie del suelo de un predio que no incluye la superficie afecta. |
| 48) |
Uso del suelo: Empleo habitual de la totalidad o de una porción de la superficie de un predio, de un inmueble, de una edificación o de una estructura. |
| 49) |
Uso del suelo accesorio: Uso del suelo que complementa o suplementa a un uso del suelo primario, sin que, según lo establecido por el presente
Acuerdo, se convierta en uno de ellos. |
| 50) |
Uso del suelo con actividades condicionadas: Uso del suelo que potencialmente puede generar efectos negativos sobre el entorno y para cuya
aprobación debe cumplirse con determinadas condiciones y procedimientos establecidos en el presente Acuerdo. |
| 51) |
Uso del suelo mixto: Uso del suelo donde coexiste el uso residencial con uno o más usos no residenciales, siempre que el porcentaje de área del
primero sea igual o mayor al porcentaje consignado en los parámetros normativos, y el predio individual no exceda la superficie efectiva de una hectárea. |
| 52) |
Uso del suelo primario: Uso del suelo al que está destinado un inmueble. |
| 53) |
Uso del suelo primario múltiple: Inmueble en donde coexisten dos o más usos del suelo primarios. |
| 54) |
Vía de uso público: Superficie utilizada para la libre locomoción de personas, aunque no constituyan bienes nacionales de uso común. Las vías de uso
público se considerarán parte del espacio vial. |
| 55) |
Vía privada: Superficie de propiedad privada utilizada para la locomoción controlada de personas, en la que existen usualmente controles de acceso.
Las vías privadas no son parte del espacio vial. |
| 56) |
Vía pública: Vías de uso público que de conformidad con el Código Civil constituyen bienes nacionales de uso común. |